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Formato 2517: Conciliaci贸n Fiscal DIAN

el formato 2517 de conciliaci贸n fiscal

El formato 2517 de conciliación fiscal es el reporte que permite mostrar ante la DIAN cómo se relacionan los valores contables con los fiscales en activos, pasivos y patrimonio. Este documento forma parte de la información exógena y resulta obligatorio para ciertos contribuyentes. Su correcto diligenciamiento evita inconsistencias con la declaración de renta y posibles sanciones por errores u omisiones.

Formato 2517: Conciliación Fiscal

¿Qué es el formato 2517 de conciliación fiscal?

El formato 2517 de conciliación fiscal es un reporte detallado que muestra cómo se transforman los saldos contables, preparados bajo NIIF, en las bases fiscales que se informan a la DIAN. Su objetivo es hacer visible, con cifras claras, cada diferencia entre los estados financieros y la declaración de renta.

En la práctica, este formato funciona como un puente entre la contabilidad y los impuestos. Permite que la DIAN verifique si los valores declarados tienen soporte contable y si las diferencias están justificadas. Por eso, un formato 2517 bien elaborado reduce el riesgo de requerimientos, ajustes y sanciones en procesos de fiscalización.

Base normativa del formato 2517 en información exógena

La obligación de presentar el formato 2517 nace en las normas de conciliación fiscal incluidas en el Estatuto Tributario y en sus decretos reglamentarios. Allí se establece que ciertos contribuyentes deben documentar las diferencias entre la contabilidad bajo NIIF y las bases fiscales.

Cada año, la DIAN expide una resolución de información exógena donde define quiénes reportan, qué formato usan y cuáles plazos aplican. En esa resolución se incluye el formato 2517 como anexo técnico obligatorio para conciliación fiscal de activos, pasivos y patrimonio, con especificaciones sobre columnas, códigos y estructura.

Relación entre el formato 2516 y el formato 2517

El formato 2516 y el formato 2517 pertenecen al mismo ecosistema de conciliación fiscal, pero cumplen roles distintos. El formato 2516 presenta la conciliación entre la utilidad contable y la renta líquida gravable, centrándose en el estado de resultados y en los ajustes que afectan el impuesto.

El formato 2517 se enfoca en el balance. Explica cómo se concilian los saldos contables de activos, pasivos y patrimonio con sus valores fiscales. En conjunto, ambos formatos permiten que la DIAN trace una línea completa entre cifras contables, diferencias y bases tributarias, fortaleciendo la transparencia de la información exógena.

Diferencias entre conciliación fiscal contable y tributaria

Cuando se habla de conciliación fiscal, es clave distinguir entre la visión contable y la tributaria. La conciliación desde lo contable parte de los estados financieros elaborados bajo NIIF, identificando qué partidas son ajustadas por la norma fiscal y cuáles se mantienen sin cambios.

La conciliación desde lo tributario se orienta a construir la base gravable. En este enfoque, se analizan las reglas del Estatuto Tributario y se ajustan los valores contables hasta llegar a la cifra que servirá para calcular el impuesto. Comprender ambos enfoques evita errores al diligenciar el formato 2517, especialmente en diferencias permanentes y temporales.

Aspecto Conciliación fiscal contable Conciliación fiscal tributaria
Punto de partida Estados financieros preparados bajo NIIF. Normas del Estatuto Tributario y decretos reglamentarios.
Objetivo principal Identificar diferencias entre cifras contables y fiscales. Determinar la base gravable y el impuesto a cargo.
Enfoque Análisis de cuentas de balance y resultados. Análisis de ingresos, costos, deducciones y beneficios.
Herramienta clave Formato 2516 y 2517 como soporte técnico. Declaración de renta y anexos tributarios.
Usuario interno Contadores y revisores que validan cifras financieras. Responsables de impuestos y consultores tributarios.
Tipo de diferencias Clasifica en permanentes y temporales a partir de NIIF. Aplica reglas específicas para rechazo o aceptación fiscal.
Impacto en estados financieros Puede generar impuestos diferidos y revelaciones en notas. No modifica estados financieros, solo efectos fiscales.
Relación con la DIAN Soporta la coherencia entre libros y reportes exógenos. Sustenta la correcta liquidación del impuesto de renta.

¿Quiénes deben presentar el formato 2517 ante la DIAN?

La obligación de presentar el formato 2517 está ligada al tipo de contribuyente, nivel de ingresos y calidad de declarante de renta. No todos los contribuyentes que llevan contabilidad deben enviarlo, pero quienes cumplen ciertos topes o condiciones quedan sujetos a esta exigencia.

Para cada año gravable, la DIAN define mediante resolución qué contribuyentes están obligados. Por eso, es indispensable revisar la resolución de información exógena de cada periodo, y no asumir que las reglas serán iguales al año anterior, ya que pueden cambiar topes y criterios.

Personas jurídicas obligadas a reportar

Entre las personas jurídicas, existen varios grupos que suelen quedar obligados al formato 2517. Cada uno responde a un tipo de operación y nivel de importancia para el control fiscal de la DIAN.

A continuación se presentan las personas jurídicas que, con frecuencia, entran en el rango de reporte, siempre sujetas a los topes y criterios fijados por la normativa de cada año gravable.

  • Sociedades comerciales: Empresas constituidas como anónimas, SAS, limitadas u otras formas societarias, con ingresos o patrimonio que superan los topes establecidos en la resolución de exógena.
  • Entidades financieras: Bancos, cooperativas financieras, compañías de financiamiento y similares, que por el volumen de operaciones requieren reportes detallados de conciliación fiscal.
  • Entidades sin ánimo de lucro calificadas como contribuyentes: Fundaciones y corporaciones que declaran renta como contribuyentes del régimen ordinario y cumplen los montos de ingresos o patrimonio.
  • Empresas públicas y mixtas: Entidades con participación estatal que llevan contabilidad bajo normas públicas o NIIF y que, por su tamaño, deben entregar conciliaciones claras a la DIAN.
  • Grupos empresariales: Matrices o subgrupos que consolidan información y, de forma individual, superan los umbrales que defina la norma para presentar formato 2517.

Personas naturales con obligación de conciliación fiscal

Algunas personas naturales también deben presentar el formato 2517 cuando desarrollan actividades empresariales o profesionales con contabilidad organizada. La obligación surge principalmente para quienes están obligados a llevar libros de contabilidad y presentan declaración de renta como contribuyentes.

En especial, se incluyen comerciantes, profesionales independientes con altos ingresos, arrendadores de inmuebles con estructuras empresariales y otros contribuyentes que cumplen los topes fijados por la DIAN. La clave es verificar cada año si los ingresos, patrimonio o calidad de declarante cumplen los requisitos de la resolución exógena.

Contribuyentes no obligados a presentar el formato 2517

No todos los declarantes de renta deben elaborar el formato 2517. Algunos contribuyentes, por sus características y régimen, quedan expresamente excluidos de esta obligación, aunque sigan teniendo deberes formales con la DIAN.

A continuación se señalan tipos de contribuyentes que usualmente no presentan este formato, sin perjuicio de que deban cumplir otras obligaciones de información y declaración tributaria.

  • Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad: Contribuyentes cuyos ingresos provienen de salarios, honorarios simples u otras rentas, sin organización empresarial ni libros contables formales.
  • Contribuyentes del régimen simple (cuando la DIAN lo excluye): Según la resolución exógena, algunas vigencias no exigen el formato 2517 a quienes tributan bajo el régimen simple, salvo que se establezca lo contrario.
  • Entidades no contribuyentes del impuesto de renta: Organizaciones expresamente catalogadas como no contribuyentes y que solo presentan información exógena básica, sin conciliación fiscal detallada.
  • Pequeños contribuyentes por debajo de topes: Personas naturales o jurídicas con ingresos y patrimonio inferiores a los umbrales indicados por la DIAN, aun cuando lleven contabilidad y presenten declaración.

Estructura del formato 2517: columnas y conceptos

El formato 2517 se organiza por columnas que reflejan la lógica de la conciliación fiscal: se parte del valor contable, se identifican diferencias permanentes y temporales, y se llega al valor fiscal. Cada columna tiene un sentido técnico que debe respetarse en todas las partidas.

Además de las columnas, el formato clasifica la información por conceptos de activos, pasivos y patrimonio. Entender qué representa cada columna y cada concepto es esencial para que las cifras sean coherentes entre contabilidad, conciliación y declaración de renta, reduciendo inconsistencias y cruces erróneos.

Valor contable

La columna de valor contable recoge el saldo de cada cuenta, según los estados financieros elaborados bajo NIIF al cierre del periodo. Es el monto registrado en libros antes de cualquier ajuste fiscal, tal como aparece en el balance general o en los auxiliares contables.

Este valor debe ser verificable con los libros y estados certificados. Por eso, se recomienda que el responsable revise que el total de activos, pasivos y patrimonio reportados coincida exactamente con el balance. Cualquier diferencia entre balance y formato 2517 puede generar alertas inmediatas en la DIAN.

Diferencia permanente débito y crédito

Las diferencias permanentes son aquellas que no se revertirán en periodos futuros. Surgen cuando la norma fiscal rechaza gastos, limita ingresos o aplica beneficios que nunca serán iguales a la contabilidad. En el formato 2517, estas diferencias se registran en columnas separadas para débito y crédito.

En la práctica, un débito permanente puede corresponder a un gasto no aceptado fiscalmente que reduce el valor fiscal del activo o aumenta un pasivo. Un crédito permanente puede reflejar un ingreso no gravado. Al ser permanentes, estas diferencias no generarán impuestos diferidos; solo impactan el periodo actual.

Diferencia temporal débito y crédito

Las diferencias temporales son aquellas que sí se revertirán en el tiempo. Se originan cuando el tratamiento contable y fiscal difiere en el momento del reconocimiento, pero termina igualándose en uno o varios periodos futuros. El formato distingue también las columnas de débito y crédito para estas partidas.

Ejemplos frecuentes son las depreciaciones con vidas útiles distintas, provisiones que solo son deducibles cuando se pagan o ingresos que se reconocen en momentos diferentes. Estas diferencias suelen ser la base del cálculo del impuesto diferido en la contabilidad bajo NIIF, por lo que exigen un control cuidadoso.

Valor fiscal

El valor fiscal es el resultado final de la conciliación para cada cuenta. Se obtiene sumando o restando las diferencias permanentes y temporales al valor contable, según su naturaleza débito o crédito. Este importe refleja cómo reconoce la norma tributaria ese activo, pasivo o rubro de patrimonio.

Este valor debe coincidir con las bases fiscales usadas para la declaración de renta y otros reportes. Cuando no hay diferencias, el valor fiscal será igual al valor contable. Si la suma de los valores fiscales por grupo no concuerda con la declaración, la DIAN puede detectar inconsistencias automáticas.

Conceptos de activos, pasivos y patrimonio en el formato

El formato 2517 desglosa las cifras en conceptos específicos de activos, pasivos y patrimonio. En activos, aparecen cuentas como propiedades, planta y equipo, intangibles, inversiones, efectivo, cuentas por cobrar, inventarios y otros rubros definidos por la DIAN en el anexo técnico.

En pasivos y patrimonio, se incluyen obligaciones financieras, proveedores, impuestos por pagar, provisiones, acreedores varios, capital, reservas y resultados acumulados. Cada concepto tiene códigos específicos y el contribuyente debe ubicar correctamente sus saldos para que la conciliación sea entendible y trazable.

Cómo diligenciar el formato 2517 paso a paso

El diligenciamiento del formato 2517 sigue una lógica ordenada: primero se depura la contabilidad bajo NIIF, luego se listan las diferencias entre lo contable y lo fiscal, y finalmente se construyen los valores fiscales. Esta secuencia debe respetarse para evitar omisiones o cruces incoherentes.

A continuación se resume el flujo de trabajo que normalmente sigue un profesional de impuestos al elaborar el formato, desde la preparación de la información hasta la generación y envío del archivo XML a la DIAN.

Paso Descripción Punto clave
1 Revisión del balance bajo NIIF. Confirmar saldos iniciales que se usarán como valor contable.
2 Clasificación de cuentas en activos, pasivos y patrimonio. Alinear el catálogo contable con los códigos del formato 2517.
3 Identificación de diferencias permanentes y temporales. Analizar criterios contables y fiscales aplicables a cada cuenta.
4 Registro de diferencias en columnas débito o crédito. Definir si aumentan o disminuyen el valor fiscal.
5 Cálculo del valor fiscal final por cuenta. Comprobar que la fórmula valor contable más o menos diferencias funcione.
6 Validación de totales de activos, pasivos y patrimonio. Confirmar cuadratura entre contabilidad, conciliación y declaración.
7 Digitación o carga masiva en el prevalidador DIAN. Revisar mensajes de error y advertencias del sistema.
8 Generación y firma del archivo XML. Conservar soporte contable de todas las cifras reportadas.

Preparación de la información contable bajo NIIF

El primer paso es asegurar que la contabilidad bajo NIIF esté cerrada y depurada. Esto implica que se hayan registrado asientos de cierre, reclasificaciones y ajustes necesarios, de modo que el balance refleje fielmente la situación financiera al cierre del año.

Una contabilidad incompleta o desactualizada generará conciliaciones erradas. La calidad de la información contable es la base para que el formato 2517 tenga coherencia y soporte frente a cualquier revisión de la DIAN, por lo que vale la pena invertir tiempo en esta etapa inicial.

Identificación de diferencias temporales y permanentes

Con el balance listo, se revisa cada cuenta y se compara su tratamiento contable frente al fiscal. El profesional debe identificar si la diferencia es permanente, porque nunca se revertirá, o temporal, porque se invertirá en periodos futuros. Esta clasificación define su efecto en el tiempo.

Es útil documentar en un archivo de trabajo las razones técnicas de cada diferencia, citando normas contables y tributarias. Un soporte claro de las diferencias facilita la defensa ante la DIAN y la revisión de años posteriores, evitando confusiones cuando cambian los responsables del área contable o fiscal.

Registro de partidas de activos en la conciliación

En activos, se registran saldos contables y diferencias asociadas a depreciaciones, deterioros, revaluaciones, provisiones y otros ajustes. Por ejemplo, si la vida útil contable de un equipo difiere de la fiscal, esa discrepancia se reflejará como diferencia temporal en la conciliación.

También se presentan diferencias permanentes, como activos cuyo costo no es totalmente aceptado fiscalmente o gastos capitalizables que la DIAN limita. Un control detallado por activo o grupo de activos ayuda a que el valor fiscal de propiedades, planta y equipo sea consistente con la declaración de renta.

Registro de pasivos y patrimonio fiscal

En los pasivos, se deben conciliar cuentas como provisiones, prestaciones sociales, impuestos por pagar y obligaciones financieras. Algunas provisiones son contablemente válidas, pero solo deducibles fiscalmente al realizarse, lo que genera diferencias temporales relevantes.

En el patrimonio, se revisan capital social, reservas, resultados de ejercicios anteriores y ajustes por adopción de NIIF. Los efectos en patrimonio por aplicación inicial de NIIF pueden generar diferencias significativas entre la base contable y la fiscal, que deben quedar claramente reflejadas en el formato.

Generación del archivo XML con el prevalidador DIAN

Una vez completada la conciliación, la información se ingresa al prevalidador DIAN, ya sea digitando manualmente o importando archivos. El prevalidador aplica reglas de validación que permiten identificar errores de estructura, inconsistencias de totales o campos obligatorios vacíos.

Después de corregir las observaciones, se genera el archivo XML que se firma digitalmente y se envía a través de los servicios informáticos de la DIAN. Es importante guardar la versión final del archivo, el acuse de recibo y los papeles de trabajo que sustentan cada cifra, ya que pueden requerirse en una revisión posterior.

Plazos y calendario para presentar el formato 2517

Los plazos para presentar el formato 2517 se establecen en la resolución de información exógena de cada año gravable. Normalmente, los vencimientos se determinan según el último dígito del NIT, sin incluir el dígito de verificación, y se escalonan en varios días.

Cumplir con estos plazos es fundamental para evitar sanciones por extemporaneidad. A continuación se presenta un esquema referencial de cómo suele organizar la DIAN los calendarios, que cada contribuyente debe contrastar con la normativa vigente del año correspondiente.

Último dígito del NIT Fecha de vencimiento estimada Comentario
1 y 2 Primera fecha del calendario de exógena. Contribuyentes con estos dígitos suelen vencer primero.
3 y 4 Segundo grupo de fechas consecutivas. Se otorga un margen corto respecto al primer grupo.
5 y 6 Fechas intermedias del calendario. Permite ajustar procesos internos según carga operativa.
7 y 8 Penúltimas fechas programadas. Incluye varios grandes contribuyentes y sociedades.
9 y 0 Último grupo de vencimiento. Da un poco más de tiempo para validar información.

Consecuencias por presentación extemporánea del formato

Presentar el formato 2517 por fuera del plazo genera costos económicos y riesgos adicionales frente a la DIAN. La normativa contempla sanciones específicas para el incumplimiento de deberes formales asociados con la información exógena.

A continuación se muestran algunas de las consecuencias más relevantes que enfrentan los contribuyentes cuando no cumplen a tiempo con esta obligación de reporte.

  • Sanciones pecuniarias: Multas calculadas como porcentaje de la información no presentada o de los ingresos del contribuyente, según determine el Estatuto Tributario.
  • Requerimientos de información: La DIAN puede solicitar explicaciones, aclaraciones y soportes adicionales, incrementando la carga administrativa y el riesgo de auditoría.
  • Restricciones en devoluciones y compensaciones: Los retrasos pueden generar demoras o revisiones más estrictas en trámites de devolución de saldos a favor.
  • Riesgo reputacional: El incumplimiento reiterado de plazos puede afectar la percepción de cumplimiento tributario ante autoridades y socios.

Errores comunes al llenar el formato 2517 y cómo evitarlos

Al elaborar el formato 2517, muchos contribuyentes repiten errores que podrían evitarse con una revisión sistemática. Uno de los más habituales es no cuadrar los totales de activos, pasivos y patrimonio entre el balance NIIF, la conciliación y la declaración de renta.

Otro error frecuente es clasificar mal las diferencias como permanentes o temporales, lo que distorsiona tanto las bases fiscales como el cálculo de impuestos diferidos. Una metodología clara y una doble revisión reducen de forma significativa estos desaciertos.

Error común Causa principal Cómo evitarlo
Totales que no coinciden con el balance NIIF. Omisión de cuentas o errores de digitación en el formato. Conciliar previamente un listado de cuentas contra el balance general.
Confusión entre diferencias permanentes y temporales. Desconocimiento de la normativa fiscal o de NIIF. Documentar criterios y capacitar al equipo contable y fiscal.
Uso incorrecto de columnas débito y crédito. No analizar si la diferencia aumenta o disminuye el valor fiscal. Definir reglas internas claras antes de registrar cada partida.
Clasificación errónea de activos y pasivos. Mapeo inadecuado entre catálogo de cuentas y códigos DIAN. Construir una matriz de equivalencias revisada por un experto.
Inconsistencias con la declaración de renta. Cálculo de valores fiscales sin cruzar con la declaración. Revisar que las bases fiscales del formato coincidan con las declaradas.
No conservar papeles de trabajo. Falta de procedimientos de archivo y control documental. Crear carpetas de soporte con conciliaciones y normas aplicadas.
Errores en la generación del XML. Campos vacíos, formatos numéricos incorrectos o códigos inválidos. Utilizar el prevalidador DIAN y atender cada mensaje de error.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el formato 2517 y el 1732?

El formato 2517 se enfoca en la conciliación de activos, pasivos y patrimonio entre la contabilidad NIIF y las bases fiscales. El formato 1732, en cambio, fue diseñado como una declaración informativa de renta con mayor detalle, centrada en ingresos, costos y deducciones. Aunque ambos formatos se relacionan con la DIAN, cumplen funciones técnicas distintas y no se reemplazan entre sí.

¿Cómo corregir el formato 2517 si ya fue presentado?

Si el contribuyente detecta errores después de enviar el formato 2517, debe generar una corrección siguiendo las instrucciones de la DIAN. Normalmente, se elabora un nuevo archivo XML marcado como corrección y se presenta por los mismos medios informáticos. Dependiendo del tipo de error y del tiempo transcurrido desde el vencimiento, pueden aplicarse sanciones por corrección o por inexactitud en la información suministrada.

¿Qué software contable genera el formato 2517 automáticamente?

Varios sistemas contables del mercado colombiano ofrecen módulos para exportar información al formato 2517, pero su disponibilidad depende del proveedor y la versión adquirida. Algunos ERP permiten parametrizar las cuentas contables con los códigos DIAN y generan archivos compatibles con el prevalidador. Antes de confiar plenamente en la automatización, conviene revisar si el software se actualiza conforme a cada resolución anual de información exógena.

¿El formato 2517 aplica para régimen simple de tributación?

La obligación del formato 2517 para contribuyentes del régimen simple depende de la resolución de información exógena de cada año gravable. En algunas vigencias, estos contribuyentes no están obligados a presentar conciliación fiscal en este formato, mientras que en otras pueden quedar incluidos por topes o por su calidad de informantes. Por eso, siempre es necesario consultar la norma específica del periodo en análisis para conocer el alcance real de la obligación.

¿Cómo influye el formato 2517 en la planeación tributaria futura?

El formato 2517 ofrece un mapa detallado de las diferencias entre contabilidad y fiscalidad, lo que ayuda a identificar zonas de riesgo y oportunidades legales de optimización. Al revisar estas diferencias cada año, la empresa puede anticipar el impacto de nuevas inversiones, cambios en depreciaciones o políticas de provisiones. De este modo, la conciliación se convierte en una herramienta práctica para planear cargas fiscales futuras de forma ordenada y transparente.

¿Qué relación tiene el formato 2517 con la auditoría externa?

Para los revisores fiscales y auditores independientes, el formato 2517 es una fuente de información clave, ya que muestra cómo se conectan las cifras NIIF con las bases tributarias. Este documento permite evaluar si los impuestos se calculan con criterios consistentes y si existen diferencias importantes sin justificar. Además, muchas firmas lo usan como insumo para emitir el dictamen fiscal, fortaleciendo la confianza de terceros en la información presentada.

¿Cómo se relaciona el formato 2517 con la conciliación contable y fiscal?

El formato 2517 materializa en cifras la conciliación entre los libros contables y la normativa tributaria. Mientras la conciliación contable y fiscal puede entenderse como un proceso más amplio de análisis y documentación, el formato actúa como una fotografía estructurada exigida por la DIAN. En ese sentido, funciona como hoja de ruta para demostrar que cada diferencia está identificada y que las bases fiscales declaradas tienen respaldo técnico suficiente.

¿Cómo ayuda el formato 2517 en el cierre fiscal de fin de año?

Durante el proceso de cierre, el formato 2517 obliga a revisar cada cuenta del balance bajo la óptica fiscal, detectando ajustes necesarios antes de presentar la declaración de renta. Esta revisión permite corregir reclasificaciones, depurar provisiones y validar la razonabilidad de depreciaciones e impuestos diferidos. Integrar el formato en el cierre fiscal mejora la calidad de la información y reduce sorpresas posteriores en revisiones de la DIAN.

¿Qué papel juegan las NIIF frente a la normativa fiscal en el formato 2517?

Las NIIF definen cómo se reconocen, miden y presentan activos, pasivos y patrimonio en los estados financieros, mientras la normativa fiscal fija las reglas para calcular la base gravable. El formato 2517 sirve para conciliar ambos marcos, mostrando en cifras sus diferencias. Este ejercicio se vuelve especialmente relevante cuando existen divergencias importantes entre NIIF y normativa fiscal, como en el tratamiento de deterioros, provisiones o revaluaciones.

¿Cómo contribuye el formato 2517 a una buena planeación fiscal?

Al detallar las diferencias entre valor contable y fiscal de cada cuenta, el formato 2517 ofrece información precisa para diseñar estrategias de optimización tributaria dentro de la ley. La empresa puede evaluar el efecto futuro de diferencias temporales, decidir políticas de inversión y ordenar mejor sus provisiones. Con esta base, la planeación fiscal deja de ser un ejercicio teórico y se apoya en datos concretos, actualizados y verificables ante la DIAN.

Conclusión

El formato 2517 se ha convertido en una pieza central dentro de la contabilidad fiscal moderna. A través de él, nosotros podemos demostrar cómo se enlazan tus estados financieros bajo NIIF con las bases tributarias que revisa la DIAN, reduciendo dudas y riesgos de ajustes posteriores.

Cuando tú entiendes la lógica de sus columnas, la diferencia entre valores contables y fiscales deja de ser un misterio. El análisis de activos, pasivos y patrimonio permite identificar errores a tiempo, documentar criterios y respaldar con tranquilidad cada cifra reportada en la declaración de renta y en la información exógena.

Si nosotros usamos el formato 2517 como una herramienta de control, y no solo como un requisito, ganamos claridad sobre la situación tributaria de cada periodo. Tú puedes seguir profundizando en temas relacionados con conciliación, NIIF y obligaciones ante la DIAN explorando otros contenidos de nuestro sitio web, y así fortalecer tu criterio profesional paso a paso.

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