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Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF)

anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF)

El anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal es el documento técnico que establece qué archivos debes generar y qué datos debe contener cada uno para cumplir con tu obligación de contabilidad electrónica ante el SAT.

anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF)

¿Qué es el anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal?

El anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) es el documento normativo que define, de manera técnica y detallada, la estructura de los archivos que los contribuyentes deben generar y enviar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) como parte de su obligación de contabilidad electrónica. No se trata de una guía opcional: es la referencia oficial que determina qué información debe contener cada archivo y en qué formato debe presentarse.

Su función principal es estandarizar la información contable para que el SAT pueda interpretarla de manera uniforme, independientemente del sistema de contabilidad que utilice cada contribuyente. Esto significa que, aunque cada empresa tenga su propio catálogo de cuentas, todas deben adaptar su información a los mismos parámetros técnicos que establece este anexo.

Anexo 24 de la RMF: definición y función dentro de la contabilidad electrónica Diagrama que muestra qué es el anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal y su relación con la contabilidad electrónica y el SAT. Anexo 24 de la RMF Contabilidad en medios electrónicos Contribuyente Genera archivos XML según el Anexo 24 Estructura técnica Formato y campos obligatorios de cada archivo de contabilidad SAT Recibe y valida vía Buzón Tributario Base legal: Art. 28, fracc. IV del CFF Reglas 2.8.1.5., 2.8.1.6. y 2.8.1.8. de la RMF

Su relación con el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación

El anexo 24 no surge de manera aislada. Su fundamento legal está en el artículo 28, fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece la obligación de llevar la contabilidad en sistemas electrónicos y de ingresar mensualmente la información al SAT. El anexo desarrolla esa obligación de forma técnica, indicando exactamente cómo deben construirse los archivos que la satisfacen.

Además, las reglas misceláneas 2.8.1.5., 2.8.1.6. y 2.8.1.8. de la propia RMF remiten directamente a este anexo para regular los detalles operativos del envío. Esto quiere decir que no puedes interpretar esas reglas sin leer el anexo 24, porque es ahí donde se concreta todo el detalle técnico que necesitas para cumplir.

¿Qué obligaciones establece para los contribuyentes?

La obligación central que establece el anexo 24 es generar, conservar y enviar al SAT un conjunto de archivos en formato XML con información contable estandarizada. No basta con tener la información registrada en tu sistema: debes transformarla en archivos con una estructura específica, con campos exactos, en el orden correcto y bajo los catálogos que el SAT ha publicado oficialmente.

Esta obligación aplica de forma mensual para la balanza de comprobación y de forma eventual para las pólizas, que se envían solo cuando el SAT las solicita durante una revisión o auditoría. Cumplir con el anexo 24 significa, en la práctica, mantener una contabilidad técnicamente válida en todo momento, no solo cuando hay una revisión en puerta.

Archivos que contempla el anexo 24 de la RMF

El anexo 24 describe con detalle los archivos que conforman la contabilidad electrónica. Cada archivo tiene una función específica y campos propios que no son intercambiables con los de otro archivo. Conocerlos te permite entender qué información estás obligado a generar, cuándo y con qué nivel de detalle.

Archivo Clave ¿Cuándo se envía?
Catálogo de cuentas A Al inicio y cuando haya modificaciones
Balanza de comprobación B Mensualmente
Pólizas del periodo C A solicitud del SAT (revisión o devolución)
Auxiliar de folios de CFDI D A solicitud del SAT
Auxiliares de cuenta y subcuenta E A solicitud del SAT
Catálogo de monedas F Referencia interna del anexo
Catálogo de bancos G Referencia interna del anexo
Catálogo de métodos de pago H Referencia interna del anexo

Catálogo de cuentas y código agrupador del SAT

El catálogo de cuentas es el archivo de entrada de toda la contabilidad electrónica. Contiene la lista ordenada de todas las cuentas que utiliza el contribuyente, junto con su número, descripción, nivel jerárquico y naturaleza —es decir, si la cuenta es de naturaleza deudora o acreedora. Sin este archivo correctamente estructurado, el resto de los archivos no tiene sentido para el SAT.

Dentro de este archivo hay un campo que merece atención especial: el código agrupador del SAT. Cada cuenta de tu catálogo debe asociarse a una clave del código agrupador oficial, lo que permite a la autoridad fiscal clasificar tu información contable de forma uniforme, sin importar qué software de contabilidad uses o cómo hayas nombrado tus cuentas.

Balanza de comprobación

La balanza de comprobación es el archivo que más frecuentemente se envía al SAT, ya que tiene periodicidad mensual. Incluye los saldos iniciales, los movimientos del periodo —columnas de debe y haber— y los saldos finales de cada cuenta, todo referenciado con el número de cuenta que ya declaraste en el catálogo. Si hay inconsistencias entre ambos archivos, el sistema del SAT las detectará.

También debe indicarse si el envío es de tipo normal o complementario, y en su caso la fecha en que se realizó alguna modificación a la balanza. Este nivel de detalle hace que cualquier descuido en el registro contable del mes quede expuesto de forma directa en el archivo que se entrega a la autoridad.

Pólizas del periodo y auxiliares

Las pólizas del periodo son el registro detallado de cada movimiento contable: la fecha, el número único de identificación de la póliza, su descripción y los cargos y abonos que la componen. Cuando la transacción está respaldada por un CFDI, el archivo debe incluir el UUID de ese comprobante, lo que permite al SAT cruzar directamente la información contable con la facturación electrónica.

Los auxiliares, por su parte, desglosan el movimiento interno de cada cuenta o subcuenta durante el periodo. Junto con el auxiliar de folios de comprobantes fiscales, estos archivos ofrecen al SAT una visión completa y trazable de cada operación registrada en la contabilidad, desde el asiento hasta el comprobante que lo respalda.

¿Qué datos debe contener el catálogo de cuentas?

El catálogo de cuentas es la columna vertebral de la contabilidad electrónica. El anexo 24 establece campos precisos que deben estar presentes en el archivo XML, y omitir cualquiera de ellos hace que el archivo sea técnicamente inválido. A continuación se describen los campos principales que exige este archivo.

  • 01
    Versión

    Indica la versión del formato técnico publicado por el SAT para ese ejercicio fiscal.

  • 02
    RFC

    Clave del Registro Federal de Contribuyentes del titular de la información contable.

  • 03
    Mes y año de vigencia

    Indica el periodo a partir del cual ese catálogo de cuentas entra en vigor.

  • 04
    Número de cuenta

    Clave única con la que se identifica cada cuenta o subcuenta dentro del catálogo del contribuyente.

  • 05
    Descripción

    Nombre asignado a la cuenta o subcuenta tal como aparece en el sistema de contabilidad del contribuyente.

  • 06
    Subcuenta de

    Cuando aplica, identifica la cuenta padre a la que pertenece la subcuenta registrada.

  • 07
    Nivel

    Posición jerárquica de la cuenta dentro del catálogo: nivel mayor, subcuenta de primer nivel, segundo nivel, etc.

  • 08
    Naturaleza

    Define si la cuenta es de naturaleza deudora (activos, costos, gastos) o acreedora (pasivos, capital, ingresos).

  • 09
    Código agrupador

    Correspondencia obligatoria entre la cuenta propia del contribuyente y el código oficial del SAT.

Cada uno de estos campos tiene una función concreta dentro del archivo XML. La ausencia o el error en cualquiera de ellos puede provocar el rechazo del archivo en el sistema del SAT, lo que obliga a corregirlo y reenviarlo dentro de los plazos establecidos. Por eso conviene revisar el catálogo con cuidado antes de cada envío, especialmente cuando se agregan o modifican cuentas.

Código agrupador del SAT: cómo funciona y por qué importa

El código agrupador del SAT es una de las piezas más importantes del anexo 24 y, al mismo tiempo, una de las que más confusión genera en quienes se acercan por primera vez a la contabilidad electrónica. Su propósito es crear un lenguaje contable común entre todos los contribuyentes y el SAT, de modo que la autoridad pueda comparar y analizar información de distintas empresas bajo los mismos criterios.

Código agrupador del SAT en el anexo 24 de la RMF: clasificación de cuentas Diagrama del código agrupador del SAT del anexo 24 de la RMF mostrando las categorías principales de cuentas contables. Código agrupador del SAT — Anexo 24 RMF Categorías principales de cuentas que deben asociarse 100 — Activo Caja, bancos, clientes, inventarios, activo fijo 200 — Pasivo Proveedores, préstamos, acreedores, impuestos por pagar 300 — Capital Capital social, reservas, resultados del ejercicio 400 — Ingresos Ventas, servicios, otros ingresos ordinarios

Cuando registras una cuenta en tu catálogo, debes indicar a cuál clave del código agrupador corresponde. El SAT utiliza esa correspondencia para interpretar tu información contable en sus propios términos, sin importar el nombre que tú le hayas dado a la cuenta. Por ejemplo, aunque tu cuenta se llame «Efectivo en caja chica», el código agrupador la ubica dentro de la categoría 101 —Caja—, y el SAT la reconoce como tal.

El código agrupador cubre las categorías de activo, pasivo, capital, ingresos, costos, gastos y cuentas de orden. La asociación debe hacerse por naturaleza y preponderancia de la cuenta, lo que significa que si una cuenta tiene varias funciones, se clasifica según la que predomina en su uso habitual. Equivocarse en esta asignación puede generar inconsistencias que el SAT detecta al cruzar la información.

El código agrupador del SAT tiene el objetivo de que la información sea presentada de manera uniforme, para lo cual es necesario que los contribuyentes asocien las cuentas de su catálogo al código agrupador por naturaleza y preponderancia de la cuenta.

¿Quiénes están obligados a cumplir con el anexo 24?

La obligación de llevar contabilidad electrónica y, por tanto, de cumplir con el anexo 24, recae sobre los contribuyentes que están obligados a llevar contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación. En términos generales, esto incluye a personas morales y a las personas físicas con actividad empresarial que no estén en el régimen de tributación simplificada. Si tu actividad genera ingresos y tienes la obligación de llevar contabilidad, lo más probable es que el anexo 24 te aplique.

La contabilidad electrónica es el sistema mediante el cual los contribuyentes registran y reportan sus operaciones al SAT en formatos digitales estandarizados. El anexo 24 es precisamente la norma técnica que da forma a ese sistema, por lo que entenderlo es indispensable para cualquier persona que deba cumplir con esta obligación.

Contribuyentes exentos o con régimen simplificado

No todos los contribuyentes están sujetos al envío de contabilidad electrónica bajo el esquema del anexo 24. Quienes registran sus operaciones en la herramienta electrónica Mis Cuentas SAT quedan exceptuados del envío de archivos XML al Buzón Tributario, ya que el propio sistema captura y conserva la información de manera directa en los servidores del SAT. Este es el caso típico de contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) con actividades de menor escala.

También existen contribuyentes que, por su régimen fiscal o por el tipo de ingresos que obtienen, no están obligados a llevar contabilidad de forma completa. En esos casos, la obligación del anexo 24 no aplica. Si tienes dudas sobre tu situación específica, conviene revisar las disposiciones de tu régimen fiscal o consultar con un contador, porque la regla general tiene excepciones que dependen del tipo de contribuyente.

¿Cómo enviar la contabilidad electrónica al SAT?

El canal oficial para enviar los archivos de contabilidad electrónica al SAT es el Buzón Tributario, la plataforma digital a la que accedes con tu RFC y contraseña o con tu e.firma. Desde ahí puedes cargar los archivos XML generados conforme a la estructura que define el anexo 24, y el sistema valida de forma automática que cumplan con el formato técnico antes de aceptarlos.

📁

Paso 1

Genera los archivos XML con tu software de contabilidad conforme al esquema del Anexo 24.

✅

Paso 2

Valida la estructura técnica del archivo antes de enviarlo para detectar errores de campo o formato.

🔐

Paso 3

Ingresa al Buzón Tributario del SAT con tu RFC, contraseña o e.firma.

📤

Paso 4

Sube los archivos XML correspondientes al periodo y aguarda la respuesta de aceptación del sistema.

Plazos y periodicidad del envío

El archivo que se envía con mayor regularidad es la balanza de comprobación, que tiene periodicidad mensual. Los contribuyentes deben enviarla dentro del mes siguiente al que corresponde la información, conforme a los plazos que establece la regla miscelánea aplicable. El catálogo de cuentas se envía al inicio de la obligación y cada vez que se realice alguna modificación a la estructura de cuentas.

Las pólizas del periodo, los auxiliares de cuenta y el auxiliar de folios de comprobantes fiscales no se envían de forma rutinaria. Estos archivos se presentan únicamente cuando el SAT los solicita expresamente, ya sea en el contexto de una auditoría, una revisión electrónica o una solicitud de devolución de saldo a favor. En esos casos, los plazos los fija el propio requerimiento de la autoridad.

Errores frecuentes al generar los archivos XML

Uno de los errores más comunes es enviar el catálogo de cuentas sin asignar correctamente el código agrupador del SAT a todas las cuentas. Si una cuenta no tiene esa correspondencia, el sistema la rechaza y el archivo completo queda inválido. Otro error habitual es una inconsistencia entre el número de cuenta del catálogo y el que aparece en la balanza de comprobación: si los números no coinciden exactamente, los archivos no se pueden relacionar entre sí.

También suele presentarse el problema de cuentas con naturaleza incorrecta, por ejemplo, registrar una cuenta de activo como acreedora. Esto genera alertas en el sistema del SAT porque los saldos no cuadran con la lógica contable esperada. Revisar cada campo antes del envío, y no solo el total de la balanza; marca la diferencia entre un archivo aceptado y uno rechazado.

¿Qué cambió en el anexo 24 de la RMF para 2026?

El 13 de enero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026. La versión vigente no incorpora ninguna modificación respecto del contenido que estaba en vigor desde 2024, por lo que el marco técnico, operativo y de cumplimiento permanece exactamente igual al del ejercicio anterior.

Esto significa que los contribuyentes no necesitan actualizar sus sistemas ni cambiar la estructura de sus archivos XML para el ejercicio 2026. La estructura del catálogo de cuentas, la balanza de comprobación, las pólizas, los auxiliares, los catálogos de monedas, bancos y métodos de pago, los campos obligatorios y las validaciones técnicas se mantienen sin cambios. La estabilidad del anexo es, en sí misma, una señal de que el esquema actual funciona correctamente.

Continuidad del anexo 24 de la RMF entre 2024 y 2026 Línea de tiempo que muestra que el anexo 24 de la RMF no tuvo cambios entre 2024 y 2026. Sin cambios: 2024 → 2025 → 2026 El marco técnico del Anexo 24 se mantiene vigente 2024 Publicación 22 ene 2024 2025 Sin cambios Marco idéntico 2026 Sin cambios 13 ene 2026 Estructura, campos, catálogos y validaciones: sin modificaciones

Preguntas frecuentes

¿El anexo 24 de la RMF aplica a personas físicas?

Sí, pero no a todas. El anexo 24 aplica a las personas físicas con actividad empresarial o profesional que estén obligadas a llevar contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación. Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y utilizan la herramienta «Mis cuentas» del SAT quedan exceptuadas del envío de archivos XML, ya que su información se captura directamente en el sistema de la autoridad. Si llevas contabilidad completa como persona física, lo más probable es que el anexo 24 te aplique.

¿Qué es el código agrupador del SAT en el anexo 24?

El código agrupador del SAT es un catálogo oficial de claves numéricas que el SAT utiliza para clasificar las cuentas contables de todos los contribuyentes bajo un mismo esquema. Su función es traducir el catálogo propio de cada empresa al lenguaje contable estándar del SAT, de modo que la autoridad pueda comparar e interpretar la información de distintos contribuyentes de forma uniforme. Cada cuenta de tu catálogo debe tener asignada una clave de este código agrupador según su naturaleza y preponderancia.

¿Cada cuánto se envía la contabilidad electrónica al SAT?

La balanza de comprobación se envía de forma mensual, dentro del mes inmediato siguiente al periodo que reporta. El catálogo de cuentas se presenta al inicio de la obligación y cada vez que se realiza alguna modificación a la estructura de cuentas. Las pólizas del periodo y los auxiliares no se envían de manera rutinaria: solo se presentan cuando el SAT los solicita expresamente, por ejemplo, durante una auditoría, una revisión electrónica o una solicitud de devolución de impuestos.

¿Qué formato tienen los archivos del anexo 24 de la RMF?

Todos los archivos que establece el anexo 24 deben presentarse en formato XML, que es un lenguaje de marcado estándar para el intercambio de datos estructurados. El SAT publica documentos técnicos que definen el esquema exacto —llamado XSD— que debe seguir cada archivo XML, incluyendo los nombres de los nodos, los tipos de dato, los campos obligatorios y los valores permitidos en los catálogos. Tu software de contabilidad debe ser capaz de generar estos archivos conforme a ese esquema.

¿Qué es la balanza de comprobación dentro del anexo 24?

La balanza de comprobación es el archivo que resume el movimiento de todas las cuentas durante un periodo mensual. Incluye el saldo inicial, los movimientos de debe y haber y el saldo final de cada cuenta o subcuenta registrada en el catálogo. Este archivo permite al SAT verificar que los saldos reportados son consistentes con los movimientos declarados, y que coinciden con la información del catálogo de cuentas previamente enviado. Es el archivo de envío más frecuente dentro del esquema del anexo 24.

¿Cuál es la diferencia entre pólizas y auxiliares en el anexo 24?

Las pólizas del periodo son el registro detallado de cada transacción contable: incluyen la fecha, el número de la póliza, su descripción y los cargos y abonos que la integran, junto con el UUID del CFDI que la respalda cuando aplica. Los auxiliares, en cambio, muestran el desglose del movimiento de una cuenta o subcuenta específica a lo largo del periodo, permitiendo rastrear cada anotación que afectó esa cuenta. Mientras las pólizas explican cada operación de forma individual, los auxiliares muestran el comportamiento acumulado de una cuenta en particular.

¿Qué pasa si no se cumple con el anexo 24 de la RMF?

El incumplimiento de las obligaciones de contabilidad electrónica puede derivar en sanciones previstas en el Código Fiscal de la Federación, que van desde multas económicas hasta restricciones en el uso de sellos digitales para emitir facturas. Además, no enviar la contabilidad electrónica o enviarla fuera de los plazos puede desencadenar una revisión electrónica por parte del SAT, ya que la autoridad cuenta con herramientas para detectar discrepancias entre la información de los CFDI emitidos y recibidos y la contabilidad reportada. Cumplir a tiempo es la forma más sencilla de evitar complicaciones.

Conclusión

El anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal es la norma técnica que define cómo debe estructurarse la contabilidad electrónica que envías al SAT. No es una formalidad menor: es el documento que determina si tus archivos XML son válidos o no, y su cumplimiento correcto protege tu situación fiscal frente a la autoridad.

Ahora que conoces los archivos que lo componen, los campos obligatorios del catálogo de cuentas, el papel del código agrupador y los plazos de envío, tienes las bases para revisar tu proceso de contabilidad electrónica con mayor criterio. Puedes empezar verificando que cada cuenta de tu catálogo tenga correctamente asignada su clave del código agrupador del SAT, que es el punto de partida de todo lo demás.

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