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Asiento contable de admisi贸n de nuevos socios cooperativistas

Asiento contable por admisi贸n de nuevos socios cooperativistas

El asiento contable por admisión de nuevos socios cooperativistas registra las aportaciones al capital social y la cuota de ingreso que el nuevo integrante entrega a la cooperativa. Este movimiento afecta cuentas del subgrupo 10 y, en la mayoría de los casos, alimenta directamente el Fondo de Reserva Obligatorio de la entidad.

asiento contable de admisión de nuevos socios cooperativistas

Marco contable de las aportaciones en cooperativas

Las cooperativas funcionan bajo un esquema contable propio que difiere notablemente del de otras formas jurídicas. Su regulación específica obliga a registrar las aportaciones de los socios siguiendo normas concretas que protegen tanto a la entidad como a sus miembros.

En España, el marco normativo de referencia es la Orden EHA/3360/2010, que aprueba las normas sobre aspectos contables de las sociedades cooperativas. Esta norma adapta el Plan General de Contabilidad a las particularidades del modelo cooperativo.

Una de esas particularidades es que el capital social puede tener naturaleza variable. Los socios pueden entrar y salir, y eso obliga a registrar cada movimiento con precisión para no distorsionar los estados financieros.

Comprender este marco es el punto de partida para ejecutar correctamente el asiento contable de admisión de nuevos socios cooperativistas sin cometer errores que afecten la imagen fiel de la cooperativa.

Si quieres ampliar esta base, revisar el plan de cuentas para cooperativas te dará una visión completa de cómo se organiza toda la estructura contable de estas entidades.

Naturaleza del capital social en el régimen cooperativo

El capital social de una cooperativa no funciona igual que el de una sociedad anónima. Aquí, ese capital está formado por las aportaciones de los socios y puede aumentar o reducirse según entren o salgan miembros.

Esta variabilidad es precisamente lo que hace especial la contabilidad cooperativa. El capital no es una cifra fija grabada en escritura; es un valor vivo que se mueve con cada alta y cada baja.

Características del capital social cooperativo

Variable por naturaleza

Fluctúa con cada alta o baja de socio sin necesidad de modificar estatutos.

Mínimo estatutario

Los estatutos fijan un mínimo que debe mantenerse siempre, incluso con bajas.

Dividido en participaciones

Cada socio titula una o varias aportaciones, no acciones transmisibles libremente.

Remuneración limitada

El interés sobre aportaciones está regulado y no puede superar ciertos topes legales.

Derecho de reembolso

Al salir, el socio puede recuperar su aportación, salvo restricciones estatutarias o legales.

Calificación contable especial

Puede clasificarse como patrimonio o pasivo según el riesgo de reembolso incondicional.

Diferencias entre aportaciones obligatorias y voluntarias

Dentro de las cooperativas existen dos grandes tipos de aportaciones. Conocer la diferencia entre ambas es fundamental para registrarlas en la cuenta correcta y evitar errores en el balance.

CriterioAportaciones obligatoriasAportaciones voluntarias
ExigibilidadDe cumplimiento obligatorio para acceder a la condición de socioDe carácter libre y adicional; el socio decide si las realiza
Fijación del importeEstablecido en los estatutos sociales o por acuerdo de la AsambleaAcordado entre el socio y la cooperativa de forma individual
Cuenta contable100 – Capital social (aportaciones obligatorias)101 – Capital social (aportaciones voluntarias)
Reembolso en caso de bajaSujeto a las limitaciones legales y estatutarias previstasGeneralmente más flexible; puede reembolsarse con menor restricción
Efecto en el capital socialForma el núcleo estable del capital cooperativoComplementa el capital sin alterar el mínimo estatutario
Clasificación patrimonialPuede ser patrimonio neto o pasivo según condiciones de reembolsoIgual criterio; depende del riesgo real de reembolso incondicional
Derecho a votoNo varía; el voto cooperativo no depende del capital aportadoNo otorga derechos políticos adicionales al socio

Cuentas clave para registrar nuevos socios

Antes de realizar cualquier asiento, necesitas tener claro qué cuentas intervienen. Usar la cuenta equivocada genera desequilibrios en el balance y problemas en la auditoría.

A continuación se presentan las principales cuentas que intervienen en el proceso de admisión de un nuevo socio cooperativista:

  • Cuenta 100 – Capital social obligatorio: Recoge las aportaciones que todo socio debe realizar para pertenecer a la cooperativa. Es el núcleo del capital social.
  • Cuenta 101 – Capital social voluntario: Registra las aportaciones adicionales que el socio realiza de forma voluntaria, más allá de lo exigido estatutariamente.
  • Cuenta 103 – Socios por desembolsos exigidos: Refleja la deuda del socio con la cooperativa cuando la aportación se ha suscrito, pero aún no se ha desembolsado.
  • Cuenta 110 – Fondo de Reserva Obligatorio (FRO): Fondo de carácter irrepartible que, en muchos casos, recibe directamente el importe de la cuota de ingreso.
  • Cuenta 572 – Bancos e instituciones de crédito: Se usa cuando el desembolso de la aportación se realiza mediante transferencia o ingreso bancario.
  • Cuenta 570 – Caja: Alternativa a la cuenta 572 cuando el pago se efectúa en efectivo directamente en la sede de la cooperativa.
  • Cuenta 118 – Cuotas de ingreso o admisión: Recoge el importe que el nuevo socio abona como derecho de entrada, independientemente de su aportación al capital.

Subgrupo 10: Capital y reservas en cooperativas

El subgrupo 10 del plan contable cooperativo es el corazón de todo el registro patrimonial. Aquí se agrupan todas las cuentas relacionadas con el capital social y las reservas que dan solidez financiera a la entidad.

Subgrupo 10: Estructura del capital y reservas cooperativas

100

Capital social obligatorio

Aportaciones que cada socio debe realizar como condición para pertenecer a la cooperativa.

101

Capital social voluntario

Aportaciones adicionales que el socio realiza de manera libre y acordada con la cooperativa.

103

Socios por desembolsos exigidos

Derecho de cobro de la cooperativa sobre aportaciones suscritas y pendientes de pago.

110

Fondo de Reserva Obligatorio

Reserva de carácter permanente e irrepartible que refuerza la solvencia de la cooperativa.

112

Fondo de Educación y Promoción

Fondo destinado a actividades formativas y de difusión del modelo cooperativo entre los socios.

118

Cuotas de ingreso o admisión

Importe que abona el nuevo socio como derecho de entrada, destinado generalmente al FRO.

El uso de la cuenta de cuotas de ingreso o admisión

La cuenta 118 merece un análisis detallado porque genera muchas dudas. No es una cuenta de ingresos ordinarios ni forma parte del capital social en sentido estricto.

La cuenta 118 recoge el derecho que paga el nuevo socio para acceder a los beneficios acumulados por la cooperativa antes de su incorporación. Es una compensación por el valor histórico que ya tenía la entidad.

Cuenta 118 – Cuotas de ingreso o admisión

¿Qué representa?

El precio de acceso al patrimonio neto acumulado previamente por la cooperativa y sus socios fundadores.

¿Quién la fija?

Los estatutos sociales o la Asamblea General, que determinan el importe según el momento de admisión.

¿Es reembolsable?

No. A diferencia de las aportaciones al capital, la cuota de ingreso no se devuelve al socio si causa baja.

¿Dónde va su saldo?

Se traspasa al Fondo de Reserva Obligatorio, reforzando las reservas permanentes de la entidad.

Posición en el balance

Se ubica dentro del patrimonio neto, en el subgrupo 10, junto al resto de reservas y fondos propios cooperativos.

Proceso para el asiento contable de admisión

Proceso de admisión de nuevos socios cooperativistas 1. Solicitud El candidato presenta su solicitud de ingreso 2. Aprobación El Consejo Rector acepta al nuevo socio 3. Suscripción Se suscriben las aportaciones de capital 4. Asientos contables en el libro diario Asiento 1: Suscripción → (103) Socios por desembolsos exigidos / (100) Capital social Asiento 2: Desembolso → (572) Bancos / (103) Socios por desembolsos exigidos Asiento 3: Cuota ingreso → (572) Bancos / (118) Cuotas de ingreso 5. Traspaso al FRO La cuota de ingreso se transfiere al Fondo de Reserva Obligatorio (110)

El proceso de admisión siempre sigue una secuencia lógica. Primero se aprueba la entrada del socio, luego se suscriben las aportaciones, después se desembolsan y, finalmente, se registra la cuota de ingreso.

Cada fase genera su propio asiento contable. Saltarse una etapa o combinar registros que deberían ir separados es uno de los errores más frecuentes en la práctica cooperativa.

Registro de la suscripción de aportaciones de capital

La suscripción es el momento en que el socio se compromete a aportar el capital. Aunque todavía no ha entregado el dinero, ya existe una obligación formal que debe quedar registrada.

En este momento, la cooperativa reconoce un derecho de cobro frente al nuevo socio y, simultáneamente, aumenta su capital social. Ambos movimientos deben quedar reflejados en el mismo asiento.

Asiento de suscripción de aportaciones de capital

Cuenta Descripción Debe Haber
103 Socios por desembolsos exigidos X
100 Capital social obligatorio X

Este asiento se realiza en la fecha en que el Consejo Rector aprueba la admisión y el socio suscribe formalmente su aportación, antes del desembolso efectivo.

Contabilización del desembolso de los nuevos socios

Una vez que el socio entrega efectivamente el dinero o los bienes comprometidos, se produce el desembolso. Este momento cancela el derecho de cobro registrado previamente en la cuenta 103.

El asiento de desembolso cierra el ciclo abierto por la suscripción. La cuenta 103 queda saldada y el activo de la cooperativa aumenta con los fondos o bienes recibidos.

Desembolso mediante aportaciones dinerarias

Es la forma más habitual. El socio realiza una transferencia bancaria o un ingreso en efectivo por el importe de su aportación obligatoria.

Asiento de desembolso dinerario

Cuenta Descripción Debe Haber
572 Bancos e instituciones de crédito X
103 Socios por desembolsos exigidos X

Si el pago se realiza en efectivo, sustituye la cuenta 572 por la cuenta 570 (Caja). El movimiento contable es idéntico en ambos casos.

Valoración y registro de aportaciones no dinerarias

En ocasiones, el socio aporta bienes en lugar de dinero: maquinaria, terrenos, vehículos u otros activos. Este tipo de aportación requiere una valoración previa antes de contabilizarla.

La valoración debe realizarse por el valor razonable del bien en la fecha de la aportación, generalmente mediante tasación independiente o informe técnico acreditado.

Asiento de desembolso no dinerario (ejemplo: maquinaria)

Cuenta Descripción Debe Haber
213 Maquinaria (valor razonable) X
103 Socios por desembolsos exigidos X

La cuenta de activo varía según el bien aportado. Puede ser 211 (Construcciones), 218 (Elementos de transporte), 200 (Terrenos), etc. Siempre se registra por su valor razonable en la fecha de entrega.

Tratamiento contable de la cuota de ingreso

¿Cómo fluye la cuota de ingreso en la contabilidad?

El nuevo socio paga la cuota de ingreso

Ingreso en caja o transferencia bancaria

↓

Se registra en la cuenta 118

Cuotas de ingreso o admisión (acreedor)

↓

Se traspasa al Fondo de Reserva Obligatorio

Cuenta 110 – FRO (reserva permanente e irrepartible)

↓

El patrimonio neto de la cooperativa se fortalece

El FRO crece y mejora la solvencia de la entidad

La cuota de ingreso no es un ingreso ordinario de explotación. No se lleva a la cuenta de resultados, sino que entra directamente al patrimonio neto de la cooperativa a través del subgrupo 10.

Este tratamiento diferenciado refleja su naturaleza: no es una venta ni una prestación de servicios, sino una compensación por el valor acumulado que ya existía en la entidad antes de que el socio se incorporara.

Entender las diferencias contables entre cooperativas y sociedades anónimas ayuda a comprender por qué la cuota de ingreso no sigue las mismas reglas que la prima de emisión en una S.A.

Destino de la cuota al Fondo de Reserva Obligatorio

La legislación cooperativa española establece, con carácter general, que las cuotas de ingreso deben destinarse al Fondo de Reserva Obligatorio. Esta norma tiene como objetivo proteger la estabilidad de la cooperativa a largo plazo.

El FRO es un fondo irrepartible entre los socios. Esto significa que, aunque el socio aportó esa cuota, no puede recuperarla cuando cause baja. Queda en la cooperativa de forma permanente.

Asiento de traspaso de la cuota al FRO

Cuenta Descripción Debe Haber
118 Cuotas de ingreso o admisión X
110 Fondo de Reserva Obligatorio X

Este traspaso se realiza en el mismo ejercicio contable en que se produce la admisión del socio, generalmente al cierre del período o de forma simultánea al cobro de la cuota.

Reflejo contable del ingreso por derechos de admisión

El cobro de la cuota de ingreso genera primero un asiento de tesorería. La cooperativa recibe el importe en su cuenta bancaria o en caja, y reconoce la obligación de aplicarlo al FRO.

Asiento de cobro de la cuota de ingreso

Cuenta Descripción Debe Haber
572 Bancos e instituciones de crédito X
118 Cuotas de ingreso o admisión X

Inmediatamente después, o al cierre del ejercicio, se realiza el asiento de traspaso de la cuenta 118 a la cuenta 110 (FRO) que se ha mostrado en el apartado anterior.

Caso práctico: Asiento de admisión paso a paso

Planteamiento del supuesto de entrada de nuevos socios

Datos del supuesto práctico

Nuevos socios admitidos

3 socios

Aportación obligatoria por socio

2.000,00 €

Cuota de ingreso por socio

300,00 €

Forma de pago

Transferencia bancaria

Total capital suscrito

6.000,00 €

Total cuotas de ingreso

900,00 €

La cooperativa admite a los tres socios el mismo día. El desembolso es inmediato y total. La cuota de ingreso se destina al FRO según estatutos.

Con estos datos, la contabilidad debe recoger tres operaciones distintas: la suscripción del capital, el desembolso del mismo y el cobro de las cuotas de ingreso con su posterior traspaso al FRO.

Resolución técnica y asientos en el libro diario

Asiento 1 – Suscripción de las aportaciones de capital

Cuenta Descripción Debe (€) Haber (€)
103 Socios por desembolsos exigidos 6.000,00
100 Capital social obligatorio 6.000,00

Asiento 2 – Desembolso del capital mediante transferencia

Cuenta Descripción Debe (€) Haber (€)
572 Bancos e instituciones de crédito 6.000,00
103 Socios por desembolsos exigidos 6.000,00

Asiento 3 – Cobro de las cuotas de ingreso

Cuenta Descripción Debe (€) Haber (€)
572 Bancos e instituciones de crédito 900,00
118 Cuotas de ingreso o admisión 900,00

Asiento 4 – Traspaso de las cuotas al FRO

Cuenta Descripción Debe (€) Haber (€)
118 Cuotas de ingreso o admisión 900,00
110 Fondo de Reserva Obligatorio 900,00

Resultado final: el capital social aumenta en 6.000,00 €, el FRO crece en 900,00 € y la cuenta bancaria refleja una entrada total de 6.900,00 €. La cuenta 103 y la cuenta 118 quedan con saldo cero.

Con estos cuatro asientos, la operación queda completamente registrada. El cálculo de excedentes netos en cooperativas también se verá influido por este aumento del capital, ya que la base de reparto puede cambiar con la incorporación de nuevos socios.

Errores comunes en la contabilidad de nuevos socios

Error frecuente¿Por qué ocurre?Cómo evitarlo
Registrar la cuota de ingreso como un ingreso ordinario de explotaciónSe confunde su naturaleza patrimonial con la de una venta o prestación de serviciosUsar siempre la cuenta 118 y traspasar al FRO, nunca llevarla al grupo 7
No separar el asiento de suscripción del asiento de desembolsoCuando el pago es inmediato, se tiende a registrar todo en un único asientoRespetar siempre la secuencia: primero suscripción (103/100) y luego desembolso (572/103)
Confundir la cuenta 100 con la cuenta 101No se distingue si la aportación es obligatoria o voluntaria según los estatutosRevisar los estatutos y el acuerdo de admisión antes de elegir la cuenta de capital
Valorar una aportación no dineraria por el valor contable del bien en el socioSe toma como referencia el valor en libros del aportante en lugar del valor razonableObtener siempre una tasación independiente o informe técnico que justifique el valor razonable
Omitir el traspaso de la cuenta 118 al FRO al cierre del ejercicioSe registra el cobro, pero no se completa el movimiento hacia la cuenta 110Incluir este traspaso en el checklist de cierre contable del ejercicio
No actualizar el libro registro de socios tras los asientos contablesEl registro contable y el registro administrativo se gestionan de forma desconectadaEstablecer un procedimiento interno que vincule cada alta contable con la actualización del registro de socios
Clasificar el capital cooperativo siempre como patrimonio neto sin analizar el riesgo de reembolsoSe asume que todo capital de cooperativa es patrimonio neto, ignorando la NIC 32 y las normas contables específicasEvaluar las condiciones de reembolso de cada aportación y clasificar como pasivo cuando corresponda

Preguntas frecuentes

¿Cómo se registra el IVA en las cuotas de ingreso?

En España, las cuotas de ingreso pagadas por nuevos socios cooperativistas generalmente no están sujetas a IVA, ya que no constituyen contraprestación por una entrega de bienes ni por una prestación de servicios en el sentido del artículo 4 de la Ley del IVA. Se trata de una operación de naturaleza societaria, por lo que su registro contable se limita a las cuentas de patrimonio neto mencionadas, sin necesidad de incluir ninguna cuenta del subgrupo 47 ni desglosar base imponible y cuota. No obstante, si la cooperativa presta servicios adicionales al socio en el momento de la admisión que van más allá de la mera incorporación, esa parte sí podría quedar sujeta a IVA, y habría que separarla y registrarla de forma diferenciada.

¿Qué ocurre si un socio no completa su desembolso mínimo?

Cuando un socio suscribe su aportación, pero no realiza el desembolso mínimo exigido dentro del plazo fijado en los estatutos o en el acuerdo de admisión, la cooperativa mantiene en su activo un saldo pendiente en la cuenta 103 frente a ese socio. En muchos casos, la legislación cooperativa autonómica permite a la cooperativa exigir el pago mediante los mecanismos de reclamación previstos en los estatutos, e incluso puede suspender los derechos del socio hasta que regularice su situación. Si finalmente se produce la baja sin haber completado el desembolso, la cooperativa deberá cancelar el saldo pendiente y ajustar el capital social registrado, con el correspondiente asiento correctivo en el libro diario.

¿Dónde se reflejan los nuevos socios en el balance de situación?

La incorporación de nuevos socios cooperativistas produce efectos en dos grandes masas del balance. Por un lado, el patrimonio neto aumenta porque crece el capital social en la cuenta 100 y el Fondo de Reserva Obligatorio en la cuenta 110. Por otro lado, el activo también crece porque la cooperativa recibe tesorería, que se refleja en las cuentas 570 o 572 según el medio de pago. Durante el breve periodo que transcurre entre la suscripción y el desembolso, también aparece transitoriamente un activo en la cuenta 103, que desaparece cuando el socio efectúa el pago y queda saldada. En resumen, el efecto neto es un aumento equilibrado del activo y del patrimonio neto de la cooperativa.

¿Cómo afecta la admisión de socios a las reservas legales?

La admisión de nuevos socios cooperativistas refuerza directamente las reservas legales de la entidad a través del Fondo de Reserva Obligatorio, que se nutre de las cuotas de ingreso. Este fondo tiene carácter irrepartible y permanente, lo que significa que no puede distribuirse entre los socios ni siquiera en caso de liquidación, salvo en los términos que establezca la legislación aplicable. El crecimiento del FRO mejora la ratio de solvencia de la cooperativa y puede ser determinante para acceder a financiación externa en mejores condiciones. Es importante que el contador distinga siempre entre el efecto de la cuota de ingreso sobre el FRO y el efecto de las aportaciones al capital social, ya que son dos partidas de patrimonio neto con naturaleza y función completamente distintas.

¿Puede un socio aportar solo parte del capital en el momento de la admisión?

Sí, es habitual que los estatutos de la cooperativa permitan desembolsar la aportación obligatoria de forma fraccionada. En ese caso, el socio abona un porcentaje mínimo en el momento de la admisión, conocido como desembolso inicial, y el resto queda pendiente para ser exigido en plazos posteriores. Contablemente, la cuenta 103 recoge la totalidad de la aportación suscrita, y solo se va cancelando a medida que el socio realiza cada pago parcial. El capital social, en cambio, se reconoce en su totalidad desde el momento de la suscripción, independientemente de cuánto haya desembolsado el socio hasta ese momento.

¿Qué documentos justifican el asiento contable de admisión?

Todo asiento contable debe estar respaldado por documentación que acredite la operación. En el caso de la admisión de nuevos socios, los documentos principales son el acuerdo del Consejo Rector que aprueba la admisión, el boletín o contrato de suscripción firmado por el socio donde conste el importe de la aportación y las condiciones del desembolso, el justificante bancario o el recibo de caja que acredite el pago efectivo y la liquidación de la cuota de ingreso si procede. Conservar estos documentos en orden cronológico facilita cualquier revisión por parte de auditores o de la Administración tributaria y cooperativa.

¿Qué diferencia hay entre el alta de un socio en una cooperativa nueva y en una ya existente?

En una cooperativa de nueva constitución, los socios fundadores aportan el capital inicial y no existe un patrimonio previo acumulado, por lo que normalmente no se exige cuota de ingreso o esta es simbólica. En una cooperativa ya en funcionamiento, el nuevo socio se incorpora a una entidad que ya tiene reservas, resultados acumulados y activos consolidados. Para compensar ese valor histórico que no ha contribuido a generar, paga la cuota de ingreso o admisión. Esta es la razón económica de la cuenta 118 y explica por qué su importe puede variar significativamente según el momento de la incorporación y el nivel de patrimonio neto que tenga la cooperativa en ese instante.

¿Se puede rechazar la admisión de un socio después de haber registrado el asiento de suscripción?

Si el Consejo Rector revoca su decisión de admisión antes de que el socio haya desembolsado su aportación, la cooperativa debe revertir los asientos ya realizados. Esto implica realizar un asiento inverso que cancele el saldo de la cuenta 103 y reduzca el capital social registrado en la cuenta 100. Si el socio ya había pagado parte o la totalidad de su aportación, la cooperativa está obligada a devolver el importe recibido y a registrar la salida de tesorería correspondiente. La cuota de ingreso, si ya fue cobrada, también debe reintegrarse al socio, salvo que los estatutos establezcan lo contrario en casos de revocación de la admisión.

¿Cómo se contabiliza la admisión cuando el socio aporta una combinación de dinero y bienes?

Cuando la aportación es mixta, es decir, parte en efectivo y parte en bienes no dinerarios, la cooperativa debe registrar dos flujos distintos en el asiento de desembolso. Por un lado, reconoce la entrada de tesorería en la cuenta 572 o 570 por la parte dineraria. Por otro lado, incorpora el bien al activo utilizando la cuenta correspondiente según su naturaleza, valorado a su valor razonable en la fecha de entrega. Ambos importes, sumados, deben coincidir exactamente con el saldo que quedaba pendiente en la cuenta 103 por la suscripción previa, garantizando así el equilibrio del asiento y la correcta representación del capital aportado.

¿Qué sucede si la cuota de ingreso se fija en función del patrimonio neto de la cooperativa?

Algunas cooperativas calculan la cuota de ingreso de forma variable, tomando como base el patrimonio neto de la entidad en el momento de cada nueva admisión. Esto implica que el importe de la cuota puede ser diferente para cada socio según cuándo se incorpore. Desde el punto de vista contable, el tratamiento no cambia: siempre se usa la cuenta 118 para recoger el importe cobrado y se traspasa al FRO. Lo que sí es necesario es documentar con claridad el criterio de cálculo utilizado en cada admisión, tanto para justificar el asiento como para cumplir con el principio de uniformidad y transparencia contable que exige la normativa de la contabilidad de cooperativas.

Conclusión

El asiento contable de admisión de nuevos socios cooperativistas es un proceso secuencial que involucra cuatro movimientos concretos: la suscripción del capital, el desembolso efectivo, el cobro de la cuota de ingreso y su traspaso al Fondo de Reserva Obligatorio. Cada fase tiene su propia lógica contable y sus propias cuentas, y no conviene mezclarlas.

Ahora conoces qué cuentas del subgrupo 10 intervienen, cómo tratar las aportaciones dinerarias y no dinerarias, cuál es la naturaleza real de la cuenta 118 y cuáles son los errores más frecuentes que debes evitar. Con esta base puedes abordar con seguridad cualquier operación de alta de socios, ya sea en un supuesto académico o en un caso real de una cooperativa.

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